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Declaración
Universal de los Derechos de los Animales (Aprobada por la ONU y la UNESCO)
Considerando que
todo animal posee derechos y que el desconocimiento y desprecio de dichos
derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra
la naturaleza y los animales, se proclama lo siguiente:
Artículo No.
1
Todos
los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la
existencia.
Artículo No.
2
a)
Todo animal tiene derecho al respeto. b) El hombre, como especie animal, no
puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos,
violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio
de los animales. c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los
cuidados y a la protección del hombre.
Artículo No.
3a)
Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles. b) Si es
necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no
generadora de angustia.
Artículo No.
4a)
Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en
su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse. b)
Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es
contraria a este derecho.
Artículo No.
5a)
Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno
del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida
y de libertad que sean propias de su especie. b) Toda modificación de dicho
ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines
mercantiles es contraria a dicho derecho.
Artículo No.
6a)
Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la
duración de su vida sea conforme a su longevidad natural. b) El abandono de
un animal es un acto cruel y degradante.
Artículo No.
7Todo
animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e
intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.
Artículo No.
8a) La
experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es
incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos
médicos, científicos, comerciales, como de otra forma de experimentación. b)
Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.
Artículo No.
9Cuando
un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y
transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de
ansiedad o dolor.
Artículo No. 10 a) Ningún animal debe ser explotado
para esparcimiento del hombre. b) Las exhibiciones de animales y los
espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del
animal.
Artículo No. 11 Todo acto que implique la muerte de
un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.
Artículo No. 12 a) Todo acto que implique la muerte
de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen
contra la especie. b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural
conducen al genocidio.
Artículo No. 13 a) Un animal muerto debe ser
tratado con respeto. b) Las escenas de violencia, en las cuales los animales
son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas
tienen como fin dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.
Artículo No.
14a)
Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser
representados a nivel gubernamental. b) Los derechos del animal deben ser
defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.
Esta declaración
fue adoptada por La Liga Internacional de los Derechos del Animal en 1977, que
la proclamó al año siguiente. Posteriormente, fue aprobada por la Organización
de Naciones Unidas (ONU) y por la Organización de las Naciones Unidas para la
Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). |
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