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martes, 11 de diciembre de 2012

Los títulos nobiliarios en España

Escudo papal
Escudo de París


En España existen en la actualidad 2800 titulos de nobleza ostentados por 2300 personas; algunas personas como las duquesas de Alba y Medinacelli, tienen mas de 40 títulos.

 
Estos títulos son sucedidos mediante expedientes administrativos instruidos por la Dirección General de Registros y del Notariado, dependiente del Ministerio de Justicia. Por tanto, nadie en nuestro país puede titularse con una merced nobiliaria si no ha recibido la correspondiente carta de sucesión de dicha dignidad.
 
Para suceder en un título hay que ser el heredero mas directo del causante. En España no es posible comprar un título nobiliario con la legislación actual. El heredero teórico de un título tiene que solicitar la sucesión. Por lo tanto, en nuestro país a nadie se le fuerza a tener un título,  por lo que si sucede en él es por que lo ha solicitado. Digo esto porque hay algún progre titulado que habla con desdén de su dignidad; si tiene el título es porque lo pidió. Además, esta sucesión tan peculiar está grabada por un impuesto, lo que supone una fuerte de ingresos para el Estado.
 
En España los títulos son ostentados por aquel a quien se le expide la carta, y por su consorte mientras lo sea. Una persona separada de otra que tiene un marquesado por ejemplo, es marquesa consorte mientras no se disuelva el matrimonio. Un divorciado no. Un hombre casado con una mujer titualda ostenta como consorte el título de su esposa, por lo que no hay discriminación de sexo tampoco en este aspecto. En el Reino Unido por ejemplo esto no es así, ya que la esposa de un “barón” es “baronesa” pero no así el esposo de una “baronesa”. Por ejemplo, Denis Tatcher era esposo de la Baronesa Thatcher, pero no ostentaba el título de barón consorte. En su caso el concedieron una dignidad nobiliaria menor, un título de caballero hereditario típicamente británico conocido como “baronet” que no tiene traducción a nuestro idioma, y cuando forzosamente hay que hacerlo se hace como “barón”.
 
Otro aspecto a aclarar, es que el matrimonio homosexual trasmite estos derechos con idéntica eficacia que entre heterosexuales. Por lo que la viuda de la duquesa de Medina-Sidonia, es, le pese a quién le pese, “duquesa viuda de Medina-Sidonia”.
 
En España los títulos nobiliarios no conceden ningún tratamiento a los hijos de quiénes los poseen. Al contrario, en Inglaterra los hijos de duques, marqueses, condes y vizcondes, pueden emplear la palabra “lord” ante su nombre y apellidos. Lady Diana Spencer, era “lady” al ser hija del conde de Spencer. El único caso en que se especifica un tratamiento para los hijos en nuestro ordenamiento es para el caso de los Infantes de España (que no son títulos nobiliarios, sino reales) cuyos hijos ostentan el tratamiento de Grandes de España.
 
Llevan aparejado el tratamiento de “Excelentísimo” los Grandes de España, y el resto el de “Ilustrísimo”. Anteriormente había Grandes de España de primera, segunta y tercera clase, pero ahora se han unificado en una. Todos los duques son Grandes de España. La grandeza también puede ser un título individual; es decir, se puede ser Grande de España sin mas título aparejado.
 
Además de los títulos conocidos de Duque, Marqués, Conde, Vizconde y Barón, en España hay otros títulos: “Conde-Duque” que hay dos, el de Olivares y el de Benavente; Condestable de Navarra, título vinculado indisolublemente al título de Conde de Lerín; Mariscal de Alcalá; Almirante de la Már Oceana; Adelantado Mayor de las Indias; varios “Señoríos” siendo el mas conocido el concedido a la viuda de Franco, “Señora de Meirás”; finalmente, en la Guía Oficial de Títulos del Reino, editada por el Ministerio de Justicia, aparece un privilegio nobiliario colectivo, el “Ilustre Solar de Tejada”, que tiene un Alcalde Mayor, y que da la posibilidad de utilizar un determinado escudo heráldico a todos los descendientes de dicho solar, que se deben apellidar Tejada, o sus variantes y ser admitidos (no es necesario que Tejada sea uno de los dos primeros apellidos, puesto que ese privilegio se sucede por vía de padre y de madre).
Por lo tanto los títulos nobiliarios que hay en España son:
Títulos con Grandeza de España
-Duque de X y Grande de España
-Conde-Duque de X y Grande de España (hay 2-Olivares y Benavente-)
-Marqués de X y Grande de España
-Conde de X y Grande de España
-Condestable de X y Grande de España (solo hay uno-Navarra-)
-Vizconde de X y Grande de España
-Baron de X y Grande de España
-Señor de X y Grande de España
-Grande de España
Títulos sin Grandeza de España
-Marqués de X
-Conde de X
-Vizconde de X
-Barón de X
-Señor de X
-Mariscal de X (solo hay uno-Alcalá del Valle-)
-Almirante de X  (solo hay uno-Mar Océana-)
-Adelantado de X  (solo hay uno-de las Indias-)
-Solar de X, privilegio colectivo (solo hay uno-Tejada, con su Alcalde Mayor-)
 
Los títulos nobiliarios pueden estar vinculados entre sí; además del ya referido condado de Lerín, unido al de Condestable de Navarra, nos encontramos todos aquellos casos en que la Grandeza es indisolubre al título: duque y Grande de España, Marqués y Grande de España, etc. Finalmente le título de Conde de Velarde y Vizconde del Dos de Mayo también son indisolubles.
 
Para utilizar títulos nobiliarios extranjeros en España, es necesario “legalizarlos para su uso” lo cuál se hace mediante expediente administrativo. No es muy común esta práctica, pues aunque está sancionado la utilización de títulos sin legalizar, no creo que nunca se haya sancionado a nadie por este motivo (si a aquellos que se hacen pasar por títulos, o que utilizan títulos ya existentes para sí, o como marca comercial sin justificación). Normalmente son ciudadanos españoles que tienen títulos extranjeros; el papa concedía títulos nobiliarios pontificios, que no suelen ser muy prestigiosos puesto que se relacionaban con importantes donaciones, lo que hacía parecer que habían sido “comprados” aunque no lo fuesen. Los últimos papas no han concedido títulos pontificios. Otro caso fuera de lo común, es el de José María Ruiz-Mateos, que recibió un título nobiliario de la República de San Marino, el marquesado de Olivara, que está legalizado para su uso desde 1982.
 
Salvo la II República, en el resto de periodos de la Historia de España se han concedido títulos. Durante la I República se concedieron multitud de títulos, lo que hacía las Cortes, durante su breve existencia; parece chocante que una “república” conceda títulos, algo en principio relacionado con la monarquía. También en época de Franco se concedieron títulos desde 1948, incluso a título póstumo; tales son los casos de los ducados de Primo de Rivera, o Mola. Hay que destacar que durante el reinado de Isabel II se concedieron mas de mil  títulos nobiliarios siendo muchos personajes de la Corte agraciados con ellos. La inmensa mayoría de los títulos que se ostentan hoy en día son del XIX.
 
Muchas de las baronías existentes son catalanas; estas eran en principio iguales a los señoríos jurisdiccionales en Castilla, pero mientras estos señoríos pasaron rara vez a convertirse en títulos del Reino, en caso de las baronías catalanas fue mucho mas frecuente.
 
También existen títulos anteriores a la unificación de España con los Reyes Católicos. Títulos como el de “marqués de Santillana” o “conde de Niebla” fueron concedidos por reyes de reinos que posteriormente formaría España: Castilla, Aragón.
 
Excepción hecha de los Grandes de España, el resto de títulos tienen que llevar aparejada una denominación. Esas denominaciones son de lo mas variopinta: lugares geográficos como ciudades
 
Una persona que ostenta un título puede renunciar a él a favor de su correspondiente sucesor, y por tanto dejar de ostentar el título. Este es el caso de una de las hermanas Koplowitz que cedió sus títulos a sus hijas.
 
Escudo de los Montalbán
Los títulos se pueden rehabilitar, por lo tanto alguien puede recuperar un título ostentado por un familiar. Pero, sin conocer exactamente los datos, es necesario que es título haya sido ostentado por alguien en los úlitimos 40 años y que una una relación de parentesco cercana y determinada con el último poseedor.
Partes del escudo
Escudos españoles
Escudo de mi bisabuela
 

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